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Gastos de la compraventa de una vivienda en Ávila I INMHOGAR ÁVILA

GASTOS DE LA COMPRAVENTA DE UNA VIVIENDA EN ÁVILA

La compra-venta de una vivienda como todos sabemos, no es un simple trámite, si no que podríamos catalogarla entre una de las transacciones más complejas de realizar; por eso, y como siempre comentamos, es imprescindible conocer el proceso al detalle y estar familiarizado con el mismo para poder realizarlo de manera totalmente eficiente, evitando así posteriores “sorpresas” desagradables, y entre esas “sorpresas” se encuentran en muchas ocasiones los gastos derivados de la compra-venta de un inmueble, gastos que como ya hemos comentado en más ocasiones, hay que tener previstos con la mayor antelación posible. Por eso hoy desde Inmhogar Ávila hemos querido hacer este post en el que, como profesionales del sector inmobiliario, detallaremos todos los gastos derivados de una operación de compra-venta de una vivienda y todos los aspectos adheridos a éstos que debéis conocer antes de
comprar o vender vuestra propiedad.

Tanto para comprador como para vendedor, una operación de este tipo genera ciertos gastos de carácter tributario y también operacional, como pueden ser los gastos de notaría, gestoría y registro. A continuación vamos a detallar qué gastos ocasiona la compra-venta de una vivienda a cada una de las partes del acuerdo.

IVA O ITP: IMPUESTOS A CUENTA DEL COMPRADOR

Si estás buscando tu hogar de ensueño y lo has encontrado al precio ideal, enhorabuena, pero como seguro que esperabas, además del precio que acuerdes pagar al vendedor, adquirir ese inmueble te va a suponer algunos gastos más que debes tener previstos desde el principio.

Los impuestos son lo primero a contemplar, dependiendo de si la vivienda que adquieres es de obra nueva o de segunda mano tendrás que pagar el
IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) en el primer caso, acompañado del AJD ( Impuesto sobre Actos jurídicos Documentados), y el ITP ( Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales ) en el segundo.

Durante este año 2020 y en el caso concreto de nuestra comunidad autónoma (Castilla y León), en caso de adquirir una vivienda de obra nueva, tendrás que sumar a tu cuenta de gastos el 10% de IVA y el 1,5% de AJD sobre el precio de la vivienda, y en el caso de comprar una casa usada, tendrás que contar con un
8% más sobre el precio escriturado que corresponde al ITP.

Tanto en el caso del IVA como en el del AJD, la normativa de Castilla y León ha establecido importantes beneficios fiscales, reduciendo los tipos de gravamen y aplicado algunas bonificaciones para casos concretos; dichas bonificaciones están recogidas en el siguiente enlace: Beneficios fiscales del ITP y el AJD

 
PLUSVALIA: IMPUESTOS A CUENTA DEL VENDEDOR

Si por el contrario estás a punto de vender tu vivienda, debes tener en cuenta que no todo serán ingresos, pues además de otros gastos compartidos con el comprador, también tendrás que pagar tributos por dicha venta; en concreto la famosa plusvalía. Su nombre técnico es IIVTNU ( Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) y grava la diferencia positiva entre el precio de compra y el de venta de un inmueble. Este impuesto solo se paga una vez se ha efectuado la venta y existe un plazo de 30 días para solicitar su liquidación; este impuesto es de competencia  municipal
, por lo que será el ayuntamiento de cada ciudad el que fije los parámetros para calcular su importe y también el que establezca bonificaciones sobre el mismo.

GASTOS COMPARTIDOS ENTRE COMPRADOR Y VENDEDOR

Además de los impuestos que acabamos de mencionar, existen otros gastos derivados de la compraventa de una vivienda que deben ser compartidos entre comprador y vendedor, como son los gastos de notaría, gestoría y registro. Acerca de qué porcentaje de estos gastos debe cubrir cada parte, no hay una ley o norma explícita, por lo que habrá una negociación entre ambas partes hasta que lleguen a un acuerdo.



Esperamos haber podido resolver vuestras dudas acerca de este tema, y que si actualmente o en un futuro decidís comprar o vender una vivienda, tengáis un presupuesto ajustado a la realidad sobre los gastos que lleva aparejado. De todos modos siempre es aconsejable antes de una operación de este tipo, consultar con profesionales del sector, si tienes alguna duda al respecto, puedes hacernos tu consulta personalmente, estaremos encantados de ayudarte.​ 

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Trucos para mantener tu hogar fresco en verano con el menor coste energético I INMHOGAR ÁVILA

TRUCOS PARA MANTENER TU HOGAR FRESCO EN VERANO CON EL MENOR COSTE ENERGÉTICO

El pasado día 21 llegó oficialmente el verano y como es habitual ha traído consigo el calor; aunque bien es cierto que este año ese calor se ha hecho un poco de rogar, por fin ha llegado para acompañarnos durante todo el verano, y al igual que en invierno buscamos estar calentitos en casa, ahora toca lo contrario; ingeniárnoslas para mantener nuestro hogar fresco, para poder “refugiarnos” en él en las horas en las que más “aprieta” el sol.

A finales de enero de este 2020, publicábamos en este mismo blog un artículo con unos cuantos consejos para mantener nuestro hogar calentito y a parte ahorrar en el consumo de calefacción, y ahora, a finales de junio, no queremos hacer de menos al verano, y por eso os vamos a dar unos cuanto consejos para refrescar vuestra casa en verano, porque desde Inmhogar Ávila
creemos que en el confort de un hogar es esencial.

Para mantener nuestro hogar a la temperatura ideal durante el verano sin necesidad de hacer que los aparatos de aire acondicionado y ventiladores estén funcionando sin descanso, solo tenemos que pensar en lo que nuestro propio cuerpo nos pide para sentirse más “fresco” cuando las temperaturas son altas y trasladarlo a nuestra casa, y eso es lo que vamos a hacer en este post.

VISTE TU CASA DE VERANO

Al igual que renovamos nuestro armario cuando llega el verano cambiando las chaquetas y abrigos por pantalones cortos, blusas y camisetas fresquitas, debemos hacer lo mismo con nuestro hogar; retira las alfombras
y cortinas de invierno
que tanto calorcito te han aportado en los pasados meses, lávalos y guárdalos para el año que viene. En verano es mejor que suelos y ventanas estén prácticamente desnudos, la ausencia de alfombras y unas cortinas muy finas de color blanco o muy claro darán a tu hogar una sensación de frescor muy agradable en esta época del año.

MADRUGA PARA VENTILAR

Sí; sabemos que lo de madrugar, para la mayoría, no suele ser plato de buen gusto, pero si quieres estar de verdad fresquito en casa es muy recomendable ventilar entre las 7 y las 8 de la mañana, que suelen ser las horas más frescas del día. Además, para que esta ventilación sea aún más efectiva, solo tienes que usar la técnica de aire cruzado,
que consiste en abrir puertas y ventanas que estén unas enfrente de otras para crear corrientes; eso si, recuerda poner antes topes para evitar que puertas y ventanas se cierren de golpe.

También es importante mantener las persianas bajadas durante el resto del día con las ventanas entreabiertas, bajar los toldos
 en el caso de tenerlos, y recordar que el aire caliente sube; por lo tanto, si tu casa tiene varias plantas, siempre tendrás que ventilar más a conciencia la más alta de ellas. En el caso de gustarte ventilar por la noche (para no tener que madrugar) procura que tus ventanas estén cubiertas con mosquiteras o visillos, o si no los mosquitos “invadirán” tu hogar.

SUELOS FRESCOS, CASA FRESCA

Sobre todo si tu casa tiene suelos cerámicos, fregar cada mañana con agua fría todas las estancias posibles
hará que los suelos transmitan ese frescor a la casa durante todo el día, consiguiendo así esa sensación de frescor que todos buscamos tener en verano dentro de nuestras casas. Este es un método muy eficaz para bajar la temperatura de nuestro hogar y además nos aporta una razón más para tenerlo impoluto, cosa que no aporta frescor pero si confort.

 
EVITA UTILIZAR TANTO EL HORNO COMO EL FUEGO


Bien es cierto que en verano solemos cambiar bastante nuestra dieta. Nuestro cuerpo nos pide platos fríos para que al ingerirlos no aumente nuestra temperatura corporal; pues bien, como decíamos al principio, solo tenemos que aplicar esto mismo a nuestro hogar. Ensaladas, cremas frías, frutas de temporada, helados… a parte de aportarnos frescor al tomarlos en su mayoría no requieren del horno ni tampoco el fuego para su preparación, con lo que conseguiremos no aumentar la temperatura de nuestra cocina al utilizarlos y, por consiguiente, de toda la casa;
además, reducir el uso de estos dos electrodomésticos, también reducirá notablemente nuestro consumo energético.


Los días en los que tu menú requiera el uso de estos electrodomésticos intenta, al igual que para ventilar, madrugar para cocinar
; de esta manera, la hora de cocinar coincidirá con la de ventilar, reduciendo así el aumento de temperatura en el inmueble derivado del uso del horno y el fuego.

REFRESCAR LA CAMA PARA DORMIR MEJOR

Gran parte de nuestro bienestar durante el día a día viene derivado de la calidad de nuestro descanso, y todos sabemos que cuando hace mucho calor, es más difícil conciliar el sueño; por eso, si el calor no te deja dormir, aunque parezca a priori poco ortodoxo, un buen truco es enfriar bien la cama
antes de ir a dormir.

¿Cómo? Pues igual que la calentamos en invierno, con una bolsa para agua caliente pero en este caso llena de agua helada; pero si no tienes una de estas bolsas, no te preocupes, basta con una botella llena de agua congelada y envuelta en una toalla para no mojar las sabanas
. Una vez tengas preparada las bolsa, solo tienes que pasarla por almohadas y colchón para que estén bien frescos cuando nos vayamos a dormir.

Esperamos que con estos sencillos trucos os ayudemos a disfrutar más y mejor del verano en vuestros hogares, manteniéndolos frescos y ventilados.

 

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Que es la legÁ­tima hereditaria I IMNHOGAR ÁVILA

¿QUÁÉ ES LA LEGÁTIMA HEREDITARIA?

Tarde o temprano, a lo largo de nuestra vida, todos nos vemos en la situación de hacer testamento o recibir una herencia, y como en cualquier trámite legal, hay que conocer cada detalle para no realizarlo de manera incorrecta.

Entre los términos más nombrados y a su vez más desconocidos del ámbito de las herencias, encontramos lo que se conoce como “la legítima”. Todos hemos escuchado este término alguna vez, pero… ¿sabemos realmente de qué se trata exactamente? Bien, pues eso es lo que desde Inmhogar Ávila vamos a intentar hoy; hacer un pequeño croquis de lo que es exactamente la Legítima hereditaria
, ya que a todos nos puede resultar de utilidad en algún momento.

Como profesionales del sector inmobiliario en Ávila
, en nuestro día a día nos encontramos con muchos casos en los que nuestros clientes necesitan conocer todos los detalles relacionados con la legítima, pues los bienes inmuebles suelen ser los que atesoran más valor dentro de cualquier herencia o testamento.

Para poder entender mejor el concepto, primero debemos saber en cuantas partes se divide una herencia, pues como seguro que ya intuíais, una de ellas es “la legitima”; nuestro foco de atención en este post.

Lo más habitual es que el caudal hereditario se divida en tres partes o tercios.

  • Tercio de libre disposición: Esta tercera parte de todos los bienes es la que la persona que está haciendo el testamento puede adjudicar totalmente a su antojo y sin ningún tipo de limitación
    , pudiendo dejar estos bienes cuando fallezca a cualquier persona sin que ésta sea familiar suyo.
  • Tercio de mejora: Esta parte de la herencia también se puede repartir libremente; eso sí, solamente entre los hijos o descendientes, en ningún caso se podrás destinar a terceros
    ; es decir, que mientras sea para sus descendientes el propietario puede fraccionarla en tantas partes como quiera o incluso cedérsela solamente a uno de ellos.
  • Tercio de la legítima: Esta parte de la herencia, que es la que hoy nos ocupa, es sobre la que el testador no tiene potestad, pues está regulada por ley (artículo 806 del Código Civil) y estrictamente reservada para los llamados
    herederos forzosos o legitimarios.

Después de haber aumentado nuestra perspectiva para conocer a grandes rasgos las tres partes de las que se compone una herencia, seguro que ya tenéis una idea clara de lo que es la legítima; pero la duda que, llegados a este punto, suele surgir es: ¿Quiénes son los herederos forzosos?
 
HEREDEROS FORZOSOS O LEGITIMARIOS

Como era de esperar, los primeros en ser considerados legitimarios son los hijos; después los nietos, seguidos de los biznietos, y así sucesivamente, pero… ¿qué pasa si en este caso el testador no ha tenido descendencia? Pues bien, en ese supuesto la línea hereditaria cambiaria de dirección comenzando a apuntar hacia sus padres
y siguiendo la misma progresión hacia sus ascendientes.

En el caso del viudo o viuda, siempre que no se haya separado de forma legal, también formará parte de la legítima junto con los descendientes o ascendientes; eso sí, tal y como indica el artículo 807 del Código Civil, de su parte de la legítima solo le corresponderá el usufructo. Si queréis conocer más a fondo el concepto de usufructo, os recomendamos que leáis otro de nuestros post:
Derechos reales: el usufructo.

Si el testador no tiene herederos forzosos, éste dispondrá de todos sus bienes, pudiendo ofrecérselos a cualquier persona que tenga la capacidad de adquirirlos,
según regula el Código Civil en su artículo 763.

SUPUESTOS DE REPARTO DE LA LEGÍTIMA

Como hemos visto, dependiendo de la situación familiar del testador y de las decisiones que éste tome, se pueden dar distintas situaciones en las que dos de los tres tercios en los que se divide la herencia se repartirán en distintas proporciones entre los herederos legítimos. A continuación vamos a plantear esas situaciones para que, en caso de veros en alguna de ellas, no os generen ningún tipo de dudas.

Legítima para los descendientes = tercio de mejora + tercio de la legítima

  • Legítima global o larga: En este supuesto, el testador, para no dar preferencia a ningún heredero,
    no decreta el tercio de mejora, quedando así repartidos a partes iguales dos tercios del total de la herencia entre todos sus descendientes.
  • Legítima estricta o corta:
    El testador asigna el tercio de mejora únicamente a uno de sus hijos o descendientes
    , correspondiéndole a éste además su parte correspondiente del tercio de la legítima.
  • Como último caso, puede suceder que el testador asigne un porcentaje del tercio de mejora a uno o varios de sus descendientes, quedando el resto del mismo dividido en partes iguales entre todos ellos junto con el tercio de la legítima.
     

Legítima para los ascendientes: Como ya hemos visto, en el caso de que el testador no tenga descendientes, serán en su defecto los ascendientes a quienes les corresponda esa “parte legítima”  de la herencia, pero
en este supuesto, la legítima no será un tercio de la herencia, si no la mitad, disponiendo el testador de la otra mitad para adjudicarla de manera totalmente libre.


Legítima para el cónyuge:

  • Si hay descendientes:
    Consistirá en el usufructo del tercio de mejora.
  • Si no hay descendientes pero si ascendientes:
    El viudo o viuda obtendrá el usufructo de la mitad del caudal hereditario.
  • Si no hay descendientes ni ascendientes:
    Serán dos tercios de la herencia sobre los que el cónyuge tenga el derecho de usufructo.

Somos conscientes de que estos temas legales son algo complicados, pero también sabemos que es necesario conocerlos al detalle; por eso, esperamos haberos aportado información útil a la hora de entender el concepto de “la legítima”, y contribuir  a despejar cualquier duda que acerca del mismo.
 

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Ventajas del préstamo entre familiares I INMHOGAR ÁVILA

VENTAJAS DEL PRÉSTAMO ENTRE FAMILIARES

Casi todos, a lo largo de nuestra vida, llegado el momento nos vemos ante situaciones, como puede ser, la de comprar un vehículo o una vivienda; bienes con costes elevados y que, en raras ocasiones, se pueden pagar “a toca teja” como se suele decir, por lo que necesitamos que una entidad bancaria o financiera nos conceda un préstamo o hipoteca. Pero en la mayoría de las ocasiones estas entidades no suelen conceder financiación para el 100% del importe, si no que necesitamos pagar previamente lo que se conoce como “entrada”, que en el caso de las viviendas suele ascender al menos al 20% del importe total, y es aquí donde entra en juego el tema que hoy desde Inmhogar Ávila queremos abordar; el préstamo entre familiares
.

Estamos hablando de algo que a priori puede parecer muy sencillo, pero que realmente tiene bastante trasfondo que se debe conocer para no cometer algunos errores comunes que finalmente pueden acabar por pasar factura; además, en este caso, de manera literal, ya que los préstamos entre particulares están regulados legalmente en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, concretamente en el apartado de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), y el no seguir los parámetros de esta ley puede conllevar problemas legales.
En definitiva, para realizar un acto tan sencillo y común como que unos padres presten dinero a sus hijos para afrontar la compra de una vivienda, es necesario seguir un procedimiento legal claramente estipulado, y por este proceso queremos hacer hoy un pequeño recorrido.

¿POR QUÉ ESTÁN REGULADOS LOS PRÉSTAMOS ENTRE PARTICULARES?

El motivo por el que este tipo de préstamos está regulado, es simplemente el de evitar donaciones encubiertas. Las donaciones están gravadas en nuestro país por el conocido impuesto de donaciones y sucesiones,
además de sumarse otros gastos como el de notaría.

A diferencia de una donación, un préstamo no paga ningún tipo de impuesto, pero éste debe ser devuelto a quién lo concede y la donación no. Por norma general, un préstamo tiene intereses, pero tratándose de un préstamo entre familiares estos intereses se pueden definir en un 0%, y de esta manera el importe a devolver al prestamista será exactamente el mismo al entregado en un inicio al prestatario.
 
¿CÓMO HACER UN PRÉSTAMO ENTRE FAMILIARES AL 0% DE INTERÉS?

  • Redactar un contrato de préstamo entre particulares: A pesar de no ser necesario pasar por el notario, si que lo es para formalizar el préstamo el hecho de redactar correctamente un contrato de préstamo entre familiares. Dicho contrato
    debe reunir todos los datos que contendría un contrato de préstamo con una entidad bancaria,

 
Este contrato debe contener:

  • Fecha de firma.
  • Datos de ambas partes.
  • Detalle del % de interés
    , pues si no se detalla que éste es del 0%, hacienda entenderá que el préstamo lleva intereses y hará tributar al prestamista los rendimientos en su declaración de la renta.
  • Importe exacto del préstamo y plazos de devolución.

Opcionalmente se puede incluir:

  • Procedimiento en caso de impago.
  • Posibilidad de amortización o cancelación anticipada.

Por si os es útil os dejamos enlace a un modelo de contrato:
http://www.supercontable.com/envios/formularios_boletin/contrato_prestamo_particulares.pdf

  • Presentar junto con el contrato el

    modelo 600

    en la agencia tributaria, al ser una competencia autonómica en Ávila se presenta en la Junta de Castilla y León, en el pasaje del cister:  A pesar de estar exentos de pagar ningún tipo de impuesto como ya hemos comentado, es necesario presentar este modelo de formulario en Hacienda para hacer constar dicha transmisión de patrimonio; eso sí, marcando claramente la casilla de exento, para que este documento no suponga el hecho de tener que pagar el
    Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

 
Es importante que se deje constancia real de cada movimiento realizado en dicho préstamo; por ello, es recomendable hacer tanto el pago inicial por parte del prestamista como el posterior pago de las cuotas por parte del prestatario
mediante transferencia bancaria, cheque nominativo o cualquier método que nos permita demostrar ante Hacienda que se ha transferido el dinero.

Como hemos podido comprobar, las ventajas de estos préstamos entre particulares o familiares son muchas, es un negocio jurídico basado en la confianza, el caso más común que encontramos para estos préstamos como profesionales del sector inmobiliario
es el préstamo de padres a hijos, donde el vínculo está por encima de la cantidad prestada.

Esperamos que toda esta información os haya resultado de interés a todos los que semana a semana nos seguís, y en el caso de encontraros en disposición de realizar o recibir un préstamo de este tipo, os hayamos podido ayudar a resolver alguna de vuestras dudas.
 

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Derechos reales: el usufructo I INMHOGAR ÁVILA

DERECHOS REALES: EL USUFRUCTO

Como profesionales del sector inmobiliario, recibimos muy a menudo a clientes con dudas acerca del derecho de usufructo; por eso, desde Inmohogar Ávila, esta semana vamos a adentrarnos en este tema para ayudaros a conocer sus detalles y en qué situaciones puede ser interesante hacer uso de él.
 
¿QUÉ ES EL USUFRUCTO?.

Como con cualquier concepto, lo primero es preguntarnos si sabemos exactamente lo que es; pues bien, el usufructo se trata de una figura jurídica definida en el Artículo 467 del Código Civil como “el derecho a disfrutar de los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa”; es decir, el derecho al uso y disfrute de un bien que no es de nuestra propiedad, o el derecho de los bienes que éste genere, es decir los “frutos” como ocurriría en el caso de un inmueble.
Es un derecho que nos aporta el uso y disfrute de un bien, a pesar de que éste no sea de nuestra propiedad, aunque también podemos ser propietarios en un porcentaje sobre una vivienda y tener el usufructo del mismo. Cuando se trata de una vivienda, el usufructuario, el titular de dicho derecho, podrá disfrutar de esa vivienda, pudiendo vivir en ella o proceder a alquilarla, recibiendo en este caso el total de los beneficios obtenidos; mientras que, por otra parte, el nudo propietario, el titular del dominio del bien usufructuado, no podrá hacer uso de él y no tendrá derecho sobre los bienes que éste genere.
Pero aunque esto parezca algo tan simple a primera vista, no es así; ya que presenta ciertas características, obligaciones y derechos que debemos analizar y conocer si nos encontramos en situación de ser usufructuario o nudo propietario:
DERECHOS DEL USUFRUCTUARIO.

El usufructo es un derecho real; es decir, la vivienda no forma parte del patrimonio del usufructuario, si no del patrimonio del nudo propietario como comentábamos anteriormente.
Este derecho podrá ser disfrutado por un periodo de tiempo determinado; un usufructo es temporal, nunca puede ser indefinido. Pero puede que se nos presente el caso de que no se haya pactado una duración determinada en el tiempo; esto nos llevaría a un usufructo de carácter vitalicio. En este caso, la extinción del derecho sólo se producirá tras el fallecimiento del usufructuario o mediante una renuncia por parte del mismo a este derecho.
Como acabáis de ver, el usufructo aporta al usufructuario el derecho al disfrute completo del bien usufructuado; pero conozcamos mejor, desde el punto de vista legal, qué derechos tenemos sobre el bien usufructuado y qué limitaciones se nos pueden presentar.
Según el Artículo 479 del Código civil, expone que «el usufructuario tendrá el derecho de disfrutar del aumento que reciba por accesión la cosa usufructuada, de las servidumbres que tenga a su favor, y en general de todos los beneficios inherentes a la misma»; es decir, el derecho total sobre el bien sin olvidarnos, de que éste no es de nuestra propiedad, lo que hace que podamos beneficiarnos usando o alquilando el mismo, pero nunca podremos venderlo.
OBLIGACIONES DEL USUFRUCTUARIO.

Uno de los errores más comunes de los usufructuarios, es pensar que, como aquel que dice, tienen “la sartén por el mango”; ya que deben cumplir una serie de obligaciones antes de entrar en posesión de los bienes, durante la vigencia del usufructo y cuando éste termine:
 
Cuidar la vivienda como si fuese tuya

El Artículo 497 del Código Civil expone que «el usufructuario deberá cuidar las cosas dadas en usufructo como un buen padre de familia»; y es que todo derecho conlleva obligaciones, y como es normal, ya que el usufructuario es quien disfruta en todos los sentidos de la propiedad, también será quien deba hacerse cargo de su mantenimiento y buen estado. Cualquier deterioro o desgaste producido por el uso, deberá solventarlo el mismo, ya que es éste el que lo ha producido.
En el caso de que el usufructuario no actúe como ese “buen padre de familia”, el propietario está en su derecho de “tomar las riendas” y realizar el mantenimiento y las reparaciones que sean necesarias por su cuenta siendo los gastos derivadas de estas responsabilidad del usufructuario.
 
¡Ojo con las reformas!

A pesar de tener un derecho real sobre el inmueble, aún hay aspectos en los que no podemos obrar libremente sin el previo consentimiento o visto bueno del propietario; obras, reformas y otras reparaciones de carácter extraordinario, no se podrán llevar a cabo en ningún caso sin antes consultarlo con el propietario y recibir el beneplácito del mismo.
Por lo tanto, si eres o vas a ser usufructuario, y tu intención es modificar a tu gusto la propiedad desde el minuto uno, debes saber que tendrás que consultarlo con el propietario previamente.
 
¿Quién deberá hacerse cargo de los impuestos?

Normalmente todas las cargas tributarias de un inmueble recaen sobre su propietario; pero, dada la excepcionalidad de una situación de usufructo, al igual que el correcto mantenimiento de la vivienda es cosa del usufructuario, también lo es el pago de los cargos y las contribuciones.
Por lo tanto, mientras tengas el derecho de disfrutar de la propiedad, también tendrás la obligación de hacerte cargo de todos los impuestos derivados de la misma, como puede ser el famoso IBI (impuesto sobre bienes inmuebles).
Por último y como ya hemos comentado al inicio, el usufructo no es más que un derecho temporal; por lo tanto, cuando este derecho llega a su fin por cualquiera de las causas ya comentadas, el bien o inmueble deberá entregarse al propietario o propietarios pasando a estos tanto derechos como obligaciones que, hasta el momento, ostentaba el usufructuario.
Como habéis podido comprobar, a pesar de ser algo muy común, el derecho de usufructo tiene muchos matices y detalles que se deben conocer para poder tanto otorgar como disfrutar dicho derecho. Esperamos haberos podido ayudar si vuestra situación es la de usufructuario o la de propietario con intención de ceder el usufructo, y si no es así, que este artículo os haya resultado de interés a todos los que nos seguís.
 
 
 
 

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Espacios amplios y con terraza; la nueva tendencia post COVID I INMHOGAR ÁVILA

ESPACIOS AMPLIOS Y CON TERRAZA; LA NUEVA TENDENCIA POST COVID

Ahora, tras la primera semana en fase 1 para absolutamente todo el territorio español, es inevitable girar la vista atrás y comparar todo lo que ha cambiado nuestro día a día al ir encaminados hacia esta “nueva normalidad” de la que tanto se habla, y que sin duda ha afectado a todos y cada uno de los aspectos de nuestras vidas; y como no podía ser menos, también ha cambiado esa casa de nuestros sueños que todos y cada uno de nosotros tenemos en mente.

El confinamiento; esta medida de distanciamiento social ha conseguido frenar al virus, pero también ha reducido el espacio dónde desarrollar nuestra vida a “las cuatro paredes de nuestras casas”, y esto ha hecho que veamos nuestros hogares con otros ojos y que nuestras prioridades a la hora de elegir vivienda, hayan cambiado, hoy vamos a ver que es tendencia en este momento a la hora de escoger vivienda.

Desde SIRA (Spanish International Realty Alliance) han hecho pública un estudio,  que da respuesta a la pregunta de cuáles serán las nuevas “viviendas tendencia”.
«Muchos compradores, interesados hasta ahora en vivir en los centros de las ciudades,  están modificando sus búsquedas hacia viviendas en localidades más pequeñas o en el extrarradio, animados además por los precios más bajos y por la posibilidad de poder continuar trabajando en remoto en sus empresas».

Antes de todo esto, la mayor parte de la población buscaba una vivienda lo más espaciosa posible dentro de sus posibilidades, pero ahora, aún más si cabe, pues hemos tenido que hacer absolutamente todo en casa, incluso trabajar, ya que antes de que todo esto empezase solo un 4% de la población activa trabajaba desde sus hogares; pero este porcentaje ha llegado ha subir hasta un 35% a lo largo de los últimos tres meses.


Espacio, luz natural, buenas vistas, la posibilidad de aire libre sin salir de casa y evitar las zonas “aglomeradas”, podrían ser el resumen de lo que ahora buscamos en nuestra casa de ensueño.




LA ESPAÑA DE LOS BALCONES

Si hay una imagen, además de la de las calles vacías que ha caracterizado nuestras ciudades durante esta pandemia, es la de todo un país en sus balcones; de ahí que ahora valoremos mucho más la posibilidad de aire libre sin salir de casa.

Viviendas con balcones, terrazas, buenas vistas o jardín escalan puestos a una velocidad desenfrenada en el top de las más buscadas, pues el placer de estar “tomando el aire”, pero además dentro de tu hogar, es algo que ahora mismo “no tiene precio”. A su vez los pisos bajos o interiores descienden en la lista, pues como venimos diciendo, nuestras prioridades han cambiado.
 
HA LLEGADO EL TURNO DE LAS PEQUEÑAS CAPITALES DE PROVINCIA

Si, eso es; todo esto nos ha hecho tener más en cuenta la “calidad” de vida que ofrecen ciudades como la nuestra, Ávila;
capitales de provincia con un tamaño relativamente reducido y sin aglomeraciones, pero que a su vez son “periferia” de zonas con mucha concentración de población como puede ser la Comunidad de Madrid.

El creciente teletrabajo ha hecho que uno de los factores más importantes a la hora de escoger vivienda pierda peso,
la cercanía al trabajo; por eso, ahora es más fácil que un mayor número de compradores se interese por viviendas en zonas periféricas a las grandes ciudades o en capitales de provincia distintas a las que se trabaja; es más, es un hecho que muchos compradores que buscaban viviendas en el centro de las grandes ciudades, tras lo sucedido, han dado un giro a su búsqueda, centrándola en núcleos urbanos como el de Ávila.

A día de hoy, debido a las medidas de reducción de movilidad todavía vigentes, este interés proviene únicamente de compradores nacionales pero se prevé que más adelante, cuando estas medidas se vayan relajando, este interés también crezca entre profesionales de otros países, animados a instalarse en nuestro país gracias al factor llamado “del clima y el estilo de vida español”.

Por lo tanto, esta situación hace de Ávila, aún más si cabe, un lugar ideal para vivir; ciudad tranquila, bien comunicada, con todos los servicios y cerca de urbes más grandes como pueden ser Valladolid, Salamanca o Madrid.

 
JUSTA MEDIDA ENTRE UBICACIÓN Y PRECIO


Como ya comentábamos hace semanas en nuestro artículo “La crisis del Coronavirus y el precio de la vivienda en Ávila”
la actual inestabilidad del mercado bursátil
esta haciendo que los inversores, tanto nacionales como internacionales, opten por retirar sus capitales de ese mercado
, y gran parte de ese capital probablemente venga a parar a nuestro sector, pues estamos hablando de un inversor conservador y ahorrador, que busca la estabilidad que le pueden aportar la rentas por alquiler de apartamentos.

Pero… ¿vale cualquier apartamento?
Esa es la cuestión; ya no vale cualquier apartamento, pues la persona que compre una vivienda, además de todos los factores que hemos comentado, también valorará al máximo su ubicación; por lo que como era de esperar, las viviendas mal ubicadas lo tendrán mucho más difícil ahora.

En cuanto al precio es innegable que esta crisis ha afectado seriamente a la economía mundial y aquí no nos hemos “librado”; por lo que es normal que a la hora de alquilar o comprar una vivienda seamos aún más exigentes con el precio. En consecuencia a esto, puede que al igual que las viviendas oscuras o mal situadas, las propiedades de “alto standing” también sean menos demandadas, de manera que el tipo de vivienda que ahora busquemos se encuentre en un término medio entre prestaciones, ubicación y precio.

¿Y tú? ¿Te animas a ver las viviendas que tenemos con terraza, jardín y amplios espacios?, En Inmhogar Ávila estaremos encantados de enseñarte nuestras viviendas con esas características.

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Coste

COSTE, VALOR Y PRECIO

Hoy queremos abordar una de las mayores dudas de casi todos los clientes que vienen a solicitar nuestros servicios con la intención de vender una de sus propiedades o viviendas, y es que en la mayoría de las ocasiones nadie sabe cual sería el importe adecuado para fijar el precio de su propiedad; y ahí es donde entra en juego nuestra experiencia en el sector y profundo conocimiento de la situación y tendencias del mercado inmobiliario en cada momento.

 ¿Cuánto vale mi casa? Esta es una pregunta que en Inmhogar Ávila solemos escuchar con mucha frecuencia; y es que, por lo general, nadie quiere fallar a la hora de fijar el precio de su vivienda, ya que esto le puede reportar una gran perdida de rentabilidad, o incluso el hecho de no conseguir encontrar un comprador; esa es la cuestión, como se suele decir: “algo vale lo que alguien este dispuesto a pagar por ello”. Hace tiempo ya tratamos levemente este tema en nuestra GUÍA RÁPIDA PARA VENDEDORES
, pero como creemos que merece concretar un poco más, esta semana queremos dejar claros los conceptos de coste, valor y precio, los cuáles son fundamentales para poder fijar un precio adecuado para tu inmueble y así no perder dinero ni tampoco “quemar” su anuncio y que tus potenciales clientes pierdan el interés.

Coste, valor y precio son tres términos que a priori pueden parecer sinónimos, pero si profundizamos tan solo un poquito, es suficiente para darnos cuenta de que no es así; y eso es lo que vamos a hacer, profundizar en el significado de estos tres términos.

HAY QUE SER PREVISORES: COSTE

La venta de un inmueble, al igual que casi todos los trámites administrativos, tiene unos costes derivados; costes que debemos tener en cuenta y conocer bien como primer paso para fijar un precio adecuado para nuestra propiedad.

Dentro del ámbito de cualquier actividad económica se define coste como “el valor monetario de los consumos de factores que supone el ejercicio de una actividad económica destinada a la producción de un bien, servicio o actividad”, que llevado a nuestro ámbito se traduciría en el dinero que nos va a costar vender el inmueble. Para esto se deben tener en cuenta todos los gastos que correrán por cuenta del vendedor, la plusvalía municipal;  así mismo si hay  ganancia patrimonial que no se reinvierte, deberás saber que importe tendrás que pagar en el IRPF del año siguiente; si la vivienda tiene carga hipotecaria, los gastos que el banco te cobrará por la cancelación; así como los que supone la cancelación registral hipotecaria; y no olvides también el IBI
del año en curso.

Teniendo todo esto claro, podríamos pasar a la siguiente fase de ¿cómo definir el precio de una vivienda?
 
PONERSE EN EL LUGAR DEL COMPRADOR: VALOR

Esta parte suele ser la más conflictiva del proceso, ya que se trata de la más subjetiva; cuando decidimos vender un inmueble (o cualquiera de nuestras propiedades sea cual sea) siempre va acompañado de un “un valor subjetivo añadido”
que se ha ido creando con el paso del tiempo. Digamos que sin darnos cuenta, le ponemos un precio a lo que hemos vivido en esa casa, nuestros recuerdos en ella, o esos detalles tan personales que hemos ido incorporando en la misma; pero hay que ser un poco objetivos y comprender que, tal vez ese “valor subjetivo añadido”, solo es visible y sobre todo valorable para nosotros, pero no para nuestros posibles compradores.

Por esto, debemos ponernos en la piel del posible comprador y bastantear la utilidad que recibirá a cambio de lo que pague por el inmueble de manera objetiva, pues para el comprador el valor es “ lo máximo a lo que está dispuesto a renunciar por comprar un bien” y si atendemos a el valor que como vendedores percibimos y no al que percibe el comprador, corremos el riesgo de que éste no compre nunca, pues al comprarlo estaría renunciando a algo que valora más de lo que va a obtener a cambio.

COMBINACIÓN DE COSTE Y VALOR: PRECIO

Eso es; si combinamos el análisis del coste y del valor (hechos de una manera efectiva) conseguimos un precio adecuado para nuestra propiedad, que la hará atractiva para nuestros potenciales compradores sin perjuicio en los beneficios obtenidos por la venta.
 

 En definitiva un precio adecuado surge de conocer a la perfección tanto el proceso de venta de inmuebles y su correspondiente legislación, para poder definir los gastos que ocasionará la operación, como en saber cuál es la situación del mercado inmobiliario en cada momento, para de esa manera poder generar un perfil de potencial comprador y conocer a qué factores otorgará más “utilidad”, haciéndonos así una idea muy clara de qué valor puede tener para él tu propiedad.

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Fase 1 COVID 19.- Visitas a inmuebles INMHOGAR I INMHOGAR ÁVILA

Fase 1 COVID 19.- Visitas a inmuebles INMHOGAR

Poco a poco va llegando la hora para todos los sectores de ir incorporándose a esta “nueva normalidad” que nos espera, y nuestro sector, el inmobiliario, ha visto afectada su manera de proceder, ya que nuestro día a día solía estar repleto de numerosas visitas a inmuebles; como ya hemos comentado en otros post, las visitas virtuales o Tours 360 han sido una buena alternativa durante todo el confinamiento, pero con la llegada de la fase 1 llega también la apertura de comercios limitando su aforo, y la relajación de las medidas de confinamiento, por lo que si todo va bien, comenzarán las visitas presenciales a los inmuebles, y ese tema es precisamente el que queremos tratar hoy desde Inmhogar Ávila
.

Desde el ministerio de Sanidad y desde el gobierno han intentado regular al máximo todos los procedimientos y medidas de protección y prevención necesarias durante esta desescalada, pero en el caso del sector inmobiliario y, concretamente de las visitas a inmuebles, no han aportado ninguna norma o directiva específica; no dan la posibilidad, pero tampoco la rechazan, y aquí es donde entra en juego el papel del Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, del que Inmhogar forma parte y desde el cuál han interpretado que  dentro de la fase 0 y con medidas excepcionales sí que se podrían realizar visitas a inmuebles, Además de haber realizado esta consulta expresamente, COAPI (Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad) ha elaborado una lista de medidas de seguridad para la reanudación de nuestra actividad. En dicha lista, se ha contemplado un epígrafe especifico de las medidas de seguridad, algunas de ellas con carácter obligatorio, para las visitas a inmuebles.
En esta fase intermedia se podrán realizar visitas con las siguientes condiciones obligatorias:

La visita de agentes comerciales a locales o viviendas para gestiones relacionadas con actividades o negocios inmobiliarios (compraventa, alquiler, etc.), incluso acompañados de clientes, podría realizarse si se dan dos condiciones:
1. Que el local o vivienda se encuentre deshabitado, o la visita se realice cuando éste se encuentre vacío de sus ocupantes y el tiempo de permanencia en el local o vivienda sea el mínimo imprescindible para la gestión a realizar. Es decir, si la propiedad vive en el inmueble, deberá salir del mismo y esperar fuera o donde quiera.
2. Que se tomen las adecuadas medidas de seguridad para la prevención del contagio, de protección individual y de distanciamiento, tanto entre cliente y agente comercial, como con los demás ocupantes de otros locales o viviendas del inmueble, a la entrada o salida de los mismos.

 En Inmhogar Ávila
hemos empleado todo este tiempo en prepararnos para cumplir con todas y cada una de las indicaciones de nuestro colegio profesional, tengan carácter obligatorio o no, o si se refieren a las tareas que realizamos en la oficina o a las visitas, medidas publicadas en una guía oficial y que hoy queremos compartir con vosotros.

MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LAS VISITAS DE INMUEBLES


A la hora de programar visitas

  • Establecer un número máximo de personas por visita
    , teniendo en cuenta la superficie del inmueble a visitar y la distancia mínima de seguridad entre personas que se debe respetar.
  • Espaciar el horario de visitas
    para garantizar que no se produzcan concentraciones de personas.
  • No realizar visitas de puertas abiertas
    de los inmuebles.
  • Incorporar a la hoja de visitas un punto que indique claramente que durante la visita se han cumplido las medidas de seguridad recomendadas
    por las autoridades competentes.
  • Informar a los clientes por adelantado de las normas que deberán seguir
    durante la visita.


Material de protección durante la visita

  • Mascarilla protectora para el comercial (obligatorio).
  • Mascarilla protectora para los clientes (obligatorio).
  • Guantes desechables para el comercial (recomendable).
  • Guantes desechables para los clientes (recomendable).
  • Producto desinfectante de manos que llevará el comercial consigo (obligatorio).


Durante la visita

  • Evitar los saludos.
  • Si el cliente no se encuentra bien o presenta síntomas compatibles con coronavirus,
    no se puede realizar la visita.
  • Durante la visita será obligatorio llevar mascarilla y guantes. En caso de negativa por parte  del cliente,
    se deberá suspender la visita.
  • Durante toda la visita se debe mantener la distancia de seguridad de mínimo 2 metros
    entre las personas.
  • Limitar al máximo tocar superficies o mobiliario, si los hubiere.
  • Utilizar preferentemente las escaleras en lugar de los ascensores.
  • No visitar zonas comunitarias.
  • Reducir el tiempo de la visita al mínimo y estrictamente necesario.

 
MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA OFICINA


Higiene en la oficina

  • Limpieza y desinfección de las instalaciones
    , como mínimo una vez al día, con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes utilizando diluciones de lejía  o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
  • Ventilación diaria.
  • No se  permite que los clientes utilicen los aseos
    .


Atención al público

  • Mascarilla protectora para la persona que atiende.
  • Pantalla protectora de sobremesa.
  • Producto desinfectante de manos
    en la entrada de la oficina a disposición de los clientes y, si acaso, en el mostrador de atención al público.
  • Normas de protección visibles en la oficina.
  • Marcar distancias de 2 metros mínimo entre lugar de atención y espera.
  • Reducir el público en la oficina según las indicaciones oficiales
    para cada fase del desconfinamiento.
  • Atención individualizada de los cliente con la debida separación física. Si no es posible,
    instalar mostradores o mamparas.

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¿Puedo acceder a una vivienda protegida? I INMHOGAR ÁVILA

¿PUEDO ACCEDER A UNA VIVIENDA PROTEGIDA?

Seguro que todos habéis oído hablar alguna vez de las viviendas protegidas, pero… ¿sabéis realmente en que se diferencia una vivienda protegida de una que no lo está y que requisitos necesitáis cumplir para poder tener acceso a una de estas viviendas protegidas? Pues bien, estas dudas son las que vamos a intentar resolver desde Inmhogar Ávila
en nuestro post de esta semana.

Para poder comenzar a adentrarnos en el mundo de la vivienda protegida, lo primero que tenemos que tener claro es que existen dos tipos de vivienda protegida, VPO (Vivienda de Protección Oficial) y VPT (Vivienda de Precio Tasado)
, y una vez conocemos la existencia de ambas, sería interesante saber en qué se diferencian una de la otra ¿verdad?

VPO o Vivienda de Protección Oficial de promoción privada o Pública:

Las VPO, viviendas de protección oficial se las denomina  de promoción pública
cuando que su promotor es la Administración Pública, en este caso las Comunidades Autónomas son las que tienen las competencias y tienen una limitación importante sobre su transmisión,  normalmente no se pueden vender durante 5 o 10 años a contar de la fecha de Calificación Definitiva , o bien de la primera venta  y la Administración tiene derechos de TANTEO Y RETRACTO sobre ellas, aunque es algo inusual y poco común que se ejerza.

Cuando el promotor de la vivienda de Protección oficial es una empresa privada, que gestiona la construcción y adjudicación de las misma se denominan V.P.O. de promoción privada
.

Este tipo de viviendas cuentan con subvenciones y ayudas, tanto para el promotor que las construye, como para el propietario que las compra. Como su principal ventaja, destaca que su precio está bastante por debajo del precio en el mercado de viviendas libres; pero claro está, no todo el mundo puede acceder a ellas. En primer lugar, deben ser adquiridas para su uso como vivienda habitual
y cumplir otros requisitos de los que hablaremos más adelante.

VPT o Vivienda de Precio Tasado

Como su propio nombre indica, estas viviendas tienen un precio ya tasado; es decir, que se les pone un precio máximo limitado. Este precio máximo suele estar por debajo  del precio en el mercado de viviendas libres, pero también ligeramente por encima del precio de las Viviendas de Protección Oficial, por lo que también los requisitos para adquirir una de estas viviendas son menos exigentes que para las anteriores; además, como dato interesante, es importante saber
que a pesar de tener ya otra vivienda libre en propiedad, si cumplimos los requisitos exigidos, podemos optar a adquirir una VPT, cosa que no es posible con las VPO.

REQUISITOS PARA ACCEDER A UNA VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL EN ÁVILA

Este tipo de vivienda es promovida por la administración pública y cada comunidad autónoma gestiona sus propias promociones de Viviendas de Protección Oficial y Viviendas de Precio Tasado, por lo que, tanto trámites como requisitos, pueden variar de una comunidad a otra. Nosotros vamos a intentar hacer un pequeño esquema de la situación en nuestra comunidad, Castilla y León, lo que dará las pautas a seguir a todos nuestros clientes que quieran adquirir una vivienda protegida en Ávila
.  

Requisitos:

-Estar inscritos y con la resolución aprobada como demandantes de V.P.O.

-La unidad familiar no podrá superar 6,5 veces el IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples), que actualmente está en 537,84€ brutos mensuales por unidad familiar, y si es en compra tener unos ingresos mínimos no inferiores a una vez el IPREM.
-Debe ser la vivienda habitual de la familia que la adquiere.
-El titular no puede ser dueño de otra vivienda en pleno dominio,  O de un derecho real de uso o disfrute de otra vivienda.
En las viviendas de Protección oficinal Pública, la Administración tiene en cuenta determinados criterios de adjudicación para colectivos de especial protección
, y adjudica puntuación adicional por criterios de vulnerabilidad, que no suele darse en las viviendas de protección oficial Privada.

Otros requisitos:

Dentro de este “cajón desastre” de los requisitos, es decir, los que no podemos catalogar como sociales o económicos, el más importante es que se debe residir en la misma comunidad autónoma en la que se pretenda adquirir la vivienda. También se exige no haber recibido ayudas públicas para la compra de una vivienda durante los 10 años anteriores a la solicitud, exceptuando los casos de cambio de localidad de residencia.
 




 

Esperamos haber sido de ayuda en este tema a todos los que nos seguís, y para todos aquellos que ya estuvierais interesados en las viviendas protegidas o el hecho de leer este post, haya despertado en vosotros interés. Queremos deciros que nos ponemos a vuestra disposición como profesionales del sector inmobiliario y os dejamos también este enlace al Registro público de demandantes de viviendas de protección pública de Castilla y León, que es el primer paso para optar a una vivienda de este tipo en nuestra comunidad.
 

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Mantén a raya el virus durante el desconfinamiento I INMHOGAR ÁVILA

MANTEN A RAYA EL VIRUS EN EL DESCONFINAMIENTO

A lo largo de toda esta crisis y desde que se decretó el estado de alarma, se ha insistido de manera constante en la importancia de la limpieza y la higiene, tanto personal como de nuestras casas, para conseguir mantener a raya a este virus que con tanta fuerza está atacando a toda la población mundial; y la verdad es que todos hemos aprendido muchos trucos que consiguen dejar limpio y desinfectado nuestro entorno de vida.

Ahora que ya están planteadas claramente todas las fases de la ansiada desescalada y que vamos a poder ir recuperando nuestra vida “normal” poco a poco, no podemos bajar la guardia con la higiene de nuestros hogares, sino que se vuelve más necesaria aún si cabe, dado que a partir del sábado día dos de Mayo podremos salir por turnos a pasear o hacer deporte; cosa que puede contribuir a que el virus entre en nuestros hogares, pero que a su vez es perfectamente evitable si seguimos manteniendo ese alto nivel de higiene que hará de nuestro hogar una auténtica “fortaleza”; por eso, esta semana desde Inmhogar Ávila
queremos dedicar nuestro post a daros unos pequeños consejos que harán más fácil que el COVID-19 no consiga cruzar la puerta de nuestro hogar.

HIGIENE PERSONAL

La higiene personal es en lo que más se ha insistido durante toda esta cuarentena, y es normal, ya que sobre todo las manos facilitan la transmisión del virus; por eso, a pesar de que se ha repetido hasta la saciedad, os recordamos la importancia de lavarse las manos con frecuencia y evitar tocarnos los ojos, la nariz y la boca. Si aún no has interiorizado el gesto de cubrirte con el codo flexionado cuando toses o estornudas, haz un esfuerzo e inténtalo; puede resultar vital para evitar contagiarte y contagiar.

VENTILACIÓN

El acto de ventilar nuestros hogares es fundamental siempre, independientemente de la situación actual; pero debido a ella, se hace aún más necesario. “No solo del aire vive el hombre” pero la verdad es que la calidad del mismo influye de una manera enorme en nuestra salud.

El hacinamiento reduce la cantidad de oxígeno del aire de nuestra vivienda, favoreciendo así la transmisión de virus; por ello, debes ventilar tu hogar cada día y en todas las habitaciones sin excepción. Además, ahora que ha llegado Mayo, y con él, parece que también el calor, nos ayudará que este acto de ventilar a diario nuestro hogar, incluso dos veces si lo ves necesario, no de tanta pereza.

La mañana puede ser el mejor momento para ventilar nuestro hogar; es más, la mayoría de la gente que tiene costumbre de ventilar elige este momento del día. Pero la situación actual puede requerir cambiar de franja horaria esta rutina; por ejemplo, si eres deportista y de los que no les gusta madrugar, seguramente salgas a practicar tu deporte favorito a partir de las 20:00h; si esto es así, te recomendamos que a pesar de que ya hayas ventilado por la mañana, lo hagas también al volver a casa. Te ayudará a recuperar el aliento y a que tu casa ventile cualquier bacteria que puedas haber traído del exterior.

LIMPIAR A CONCIENCIA LAS SUPERFICIES QUE MÁS SE TOQUEN; ESO SI, CON LOS PRODUCTOS ADECUADOS.

Como ya hemos comentado y todos sabéis, las manos son las mayores portadoras del virus, pues como está en su naturaleza “lo tocan todo” en la calle y lugares públicos; tal vez podamos reprimirnos y no tocar todo lo que nos gustaría, pero eso no puede ser así en nuestro hogar. Por eso, es importante mantener como los chorros del oro todas las superficies que más toquemos dentro de casa; pomos de las puertas, el mando de la tele, nuestro SmartPhone, cubiertos… pero dado el gran crecimiento del teletrabajo, no nos podemos olvidar de los teclados y ratones de ordenador, objetos con los que podemos llegar a pasar hasta más de 8 horas al día en contacto. No te gustaría descuidar la higiene de algo con lo que pasas tanto tiempo en contacto ¿verdad?

Otro punto importante de la limpieza son los productos con los que la llevamos a cabo, y que seguro que desde que empezó todo esto, a más de uno le ha planteado la siguiente duda; ¿con qué limpio para desinfectar correctamente? Pue bien, no es necesario ir al super más cercano a comprar productos abrasivos que terminen por destrozar las superficies de nuestro hogar. Con el jabón de limpieza de hogar, lejía y algún spray alcohólico que podrás encontrar en tu droguería o supermercado habitual, puedes formar el ejército de limpieza que combatirá el virus dentro de tu hogar para protegerte a ti y a los tuyos.

COCINA Y BAÑO: PUNTOS CLAVE DE HIGIENE EN LA CASA

Cocina y baño; son dos epicentros del hogar indiscutibles. Para empezar, en la cocina elaboramos todo lo que vamos a comer, y por ello debemos evitar que nuestros alimentos se contaminen limpiando a conciencia y a diario todas las superficies y electrodomésticos. Ya sabemos que en materiales lisos como el plástico, el virus perdura más tiempo; los cubierto también requieren una atención especial. Si normalmente usas el programa económico de tu lavavajillas, seguro que el planeta y tu factura te lo agradecen, pero ahora es importante lavar la bajilla a altas temperaturas, y estos programas se caracterizan por reducir considerablemente la temperatura del lavado; además, sería interesante que cada uno tuviera su juego de cubiertos identificado para que siempre se use el mismo.

Ni que decir tiene que cuando lleguemos del supermercado limpiemos todas las superficies de los productos que hemos comprado con una solución que desinfecte los mismos antes de colocarlos en armarios y estantes de nuestra cocina.

Qué decir del cuarto de baño; es el lugar dónde llevamos a cabo nuestra higiene personal. Por ello, debe estar siempre impoluto; además, solemos tener muchos artículos de higiene personal expuestos, como son los cepillos de dientes, cremas, esponjas… sería interesante guardarlos en armarios. Y no nos olvidemos de limpiar adecuadamente bañera, lavabo, inodoro… Por último, aumentar la frecuencia y temperatura del lavado de toallas también contribuirá favorablemente a la correcta higiene de nuestro cuarto de baño.

COMO LAVAR LA ROPA

Tal y como ya hemos dicho, ahora vamos a poder salir un poquito más; por lo tanto, vamos a vernos más expuestos. Como habéis visto en todos los medios, es interesante lavar la ropa con la que hemos salido a la calle o a comprar, pero para este lavado debemos tener varias cosas en cuenta; no debemos sacudir la ropa antes de meterla en la lavadora, pues esto puede contribuir a la dispersión del virus por el aire; ponte ropa a la que no tengas especial cariño;
para desinfectar debidamente, debemos lavar la ropa a altas temperaturas y esto deteriora las prendas, por eso aunque tengas ganas ya no te pongas tu ropa favorita; y por último, no recojas la ropa hasta que no esté seca completamente.

Esperamos haberos ayudado con estos consejos para mantener la higiene en vuestro hogar; ahora es vuestra tarea ponerlos en práctica y disfrutar del paseo o deporte del sábado.
 
 

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